La Estafa en los Juegos de Azar y su Condena
Octubre 10, 2017
La estafa en los juegos de azar es quizás uno de los delitos con más frecuencia en nuestro país y uno de los más difíciles de combatir, esto es debido a la falta de denuncias ante estos casos.
Muchas personas no denuncian este tipo de delito por el desconocimiento de Ley; ya que piensan que esto no es delito que se pague con la pena privativa de la libertad o con algún tipo de multa, pero esto no es así y en este artículo te contaremos más al respecto.
La corte Suprema de Justicia lleva varios años pronunciándose sobre el delito de estafa en los juegos de azar. Ante la diferencia de criterios que se tiene ante este tema, la Sala Penal aprovecho una reciente resolución judicial, la cual esta prevista en el ART.246 de la
Ley 599 de 2000.
El artículo. 246 de la Ley mencionada nos dice que, el que obtenga provecho ilícito para sí o para un tercero, con perjuicio ajeno, induciendo o manteniendo a otro en error por medio de artificios o engaños, incurrirá en prisión de dos (2) a ocho (8) años y multa de cincuenta (50) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En la misma pena incurrirá el que en lotería, rifa o juego, obtenga provecho para sí o para otros, valiéndose de cualquier medio fraudulento para asegurar un determinado resultado.
La pena será de prisión de uno (1) a dos (2) años y multa hasta de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La resolución judicial afirma que la estafa se consume en el momento mismo en que el sujeto que realiza el delito obtiene beneficio ilícito, esto es, cuando la victima realiza una apuesta o paga el derecho a participar.
Según lo señalado anteriormente, el precio o valor del producto no tiene relevancia alguna en el recorrido del delito, esto independientemente de si la persona defraudada se gane o no el sorteo. El daño se produce desde el momento en que el timador obtiene beneficio económico de manera indebida.