Consideraciones sobre los Extranjeros en Colombia: ¿Cuál es su Régimen Laboral? ¿Pueden Votar? ¿Pagan Impuestos?

Febrero 27, 2015

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Desde el 24 de julio de 2013, un nuevo régimen migratorio entró en vigencia, provocando cambios en el proceso general de solicitud de visas y los requisitos para obtenerla. Estos cambios están relacionados con el avance de la tecnología que desarrolló la División de Visas Del Ministerio de Relaciones Exteriores, buscando tener mayor control en la coordinación con Migración Colombia.

Régimen Migratorio

Los extranjeros de nacionalidad no restringida, ahora cuentan con la posibilidad de solicitar cualquier tipo de visa en Colombia. Esto significa que tienen la posibilidad de entrar al país, como visitantes temporales o turistas, extranjeros de más de 77 nacionalidades.

Ya no se será necesario que salgan del país para cambiar su situación migratoria presentando, ante un Consulado de Colombia, su aplicación.

Ahora también, se abren las posibilidades con respecto al medio por el cual se puede solicitar y tramitar la visa: además de hacerlo personalmente o mediante apoderado, también se puede hacer por medios electrónicos.

De hecho, en el caso de solicitar la visa por medio de un apoderado, antes es necesario hacerla por el medio electrónico de la Página Web de la Cancillería, en el Sistema Integral de Trámites al Ciudadano, y luego adjuntar fotos digitales, enviando también todos los requisitos específicos mediante este medio.

Otra característica es que para la aplicación de la visa ya no serán solicitados permisos relacionados con profesiones o actividades reguladas. Este permiso será necesario para que el extranjero trabaje en alguna de las actividades o profesiones reguladas, pero no para la solicitud de la visa.

Cuando una persona jurídica debidamente establecida en Colombia patrocine la visa, será un requerimiento la presentación de la declaración de renta del último año gravable y los extractos bancarios de los últimos seis meses, que deberán presentar un promedio mínimo de cien salarios mínimos legales mensuales vigentes.

También se amplía el marco para quienes quieran estudiar en Colombia. Los titulares de las visas TP.1 (cortesía), TP-4 (temporal trabajador), TP-5 (religioso), TP-7 (pensionado, rentista, socio o propietario de sociedad o de inmueble, tratamiento médico y ejercicio de actividades independientes), NE-2, NE-3, podrán estudiar, además de realizar la actividad que haya sido autorizada por la visa.

Las posibilidades también se abren para nacionales del Mercosur. Debido al acuerdo de residencia temporal, y teniendo en cuenta los criterios de reciprocidad, podrán optar por un nuevo tipo de visa temporal los nacionales de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador y Perú, que les permitirá ejercer cualquier tipo de actividad legal en el país.

Para ellos, previamente deberán presentar certificado de antecedentes penales, debidamente legalizado o apostillado.

Como restricción, aparece el límite de cinco años para aquellos que poseen visas Residentes (que anteriormente tenían vigencia indefinida). En estos casos, los que posean dicha visa deberán solicitar el traspaso hacia la nueva, para renovar las cédulas. Dos años es el límite para realizar el trámite.

También hay que tener en cuenta que en el caso de que la visa tenga un error (ortográfico, mecanográfico o de cualquier otra índole que no afecten los datos fundamentales de la visa), el plazo para pedir la corrección es de 30 días calendario.

Será necesario tramitar el traspaso de visa si se vence este plazo. Por último, los pasaportes o documentos de viaje deberán tener, como mínimo, una vigencia de 180 días.

Trámites de Migración Para Trabajar en Colombia

Las políticas gubernamentales del Gobierno colombiano han promovido en el exterior la posibilidad de que las compañías extranjeras puedan establecer sus negocios o sucursales en el país. Y pues la apuesta del Gobierno es amplia y muy eficiente.

Colombia se ha convertido no solo en un destino turístico atractivo para los extranjeros sino también un lugar de oportunidades empresariales para el mercado de afuera.

Dentro de este impulso gubernamental se ha abierto un camino para facilitar los trámites migratorios. Con esto las personas que tengan pensado establecerse en el país podrán contar con una oficina de migración virtual que facilita y agiliza todo el proceso de solicitud de visa en Colombia.

Cualquier persona puede acceder a la página de Migración Colombia y ahí descargar los documentos para legalizar su estadía en Colombia así como también su proceso de incorporación en el mercado empresarial.

Pero en este punto, nuestra firma World Legal Corporation Colombia se ha especializado durante años en estos trámites, con el fin de facilitar y agilizar la incorporación de las empresas extranjeras al mercado nacional o también el traslado de personal extranjero a empresas nacionales o internacionales que operan en el país.

Y no solo eso, sino también realizamos todos los trámites migratorios que requiere un empresario extranjero para solicitar su visa en Colombia.

Desde nuestro apartado de Contáctenos recibimos todas las solicitudes desde el extranjero en idioma inglés o español para iniciar con el proceso de solicitud del visado colombiano tanto a una persona como a un grupo familiar.

Somos especialistas en los trámites migratorios del Estado. Así como también realizamos la consulta del estado del trámite en la oficina de Migración Colombia, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Regulación Para Trabajadores Ecuatorianos, Bolivianos y Peruanos en Colombia

Con la nueva regulación del Instrumento Andino de Migración Laboral de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), las personas oriundas de Ecuador, Bolivia y Perú que deseen trabajar en Colombia, podrán realizar la solicitud de su visa de trabajo en nuestro país e incluso, en algunas ocasiones, podrán obtener un estatus especial con el que podrán trabajar en Colombia sin necesitar visa.

Lo primero que deberá hacer el trabajador oriundo de Ecuador, Perú o Bolivia será informar de su condición de trabajador migrante ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia (UAEMC) al momento de ingresar a territorio colombiano.

Seguidamente, el trabajador deberá realizar el trámite de solicitud de visa ante la Coordinación de visas del Ministerio de Relaciones Exteriores. Algunos de los documentos que requerirá serán la carta de intención de la empresa que pretenda contratarlo o bien el contrato de trabajo firmado, asimismo, deberá presentar el formulario de solicitud con información detallada.

Posteriormente, cuando el trabajador ya tenga consigo el formulario de registro ante la UAEMC y su visa (en aquellos casos que se requiera), deberá entonces aproximarse al Ministerio del Trabajo para así obtener el certificado de acreditación como trabajador migrante andino.

Perfiles del Trabajador Migrante Andino

Para clasificar como Trabajador Migrante andino, la persona debe tener alguno de los siguientes perfiles:

Trabajador con desplazamiento individual
Válido para la persona que migra con fines laborales debido a que obtuvo un contrato de trabajo bajo relación de dependencia o porque tiene una oferta laboral proveniente del país al cual emigra.

Trabajador de empresa
Válido para el trabajador que migra a otro estado miembro por un tiempo superior a ciento ochenta (180) días, lo cual sucede por disposición de la empresa en la que trabaja bajo relación de dependencia. Esto puede ser debido a que la empresa exista en el país al que se migra o porque tenga pensado realizar un proyecto o establecerse allí.

Trabajador de temporada
Válido para aquellas personas que se trasladan de un estado miembro a otro con el fin de llevar a cabo labores estacionales o temporales, tales como las actividades pecuarias, agrarias o forestales. Al momento de ingresar a Colombia, estos trabajadores deben contar con un contrato de trabajo que especifique la labor a realizar y el tiempo.

El empleador de este tipo de trabajadores deberá garantizarles tanto un alojamiento adecuado como el pago de los gastos que su traslado genere. Asimismo, estos trabajadores podrán llevar a cabo sus labores sin necesidad de tener una visa durante un período de noventa (90) días, el cual es prorrogable por un período de tiempo igual en un año calendario.

Para el caso colombiano, necesitarán obtener un certificado de acreditación como Trabajador Migrante Andino.

Trabajador fronterizo
Válido para aquellos trabajadores que mantienen su domicilio en un estado miembro pero que se traslada continuamente al ámbito fronterizo laboral de otro estado miembro para realizar allí sus actividades laborales.

Este tipo de trabajadores podrán realizar sus actividades laborales sin requerir una visa por un periodo de hasta noventa (90) días, el cual es prorrogable por un período igual y sólo por una vez en un año calendario.

Estos trabajadores también necesitarán obtener en Colombia una certificación de trabajador migrante andino ante el Ministerio del Trabajo.

Es necesario analizar cada caso para así poder determinar el procedimiento adecuado de acuerdo a esta nueva regulación, por lo que asesorarse con un especialista en derecho laboral y derecho migratorio será entonces lo más conveniente para el trabajador emigrante andino.

Derechos Laborales Para Trabajadores Extranjeros en Colombia

Toda relación laboral establecida en Colombia, bien sea por un colombiano o por un extranjero residenciado en el país, el Estado la reconoce y la regula mediante las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo.

El instrumento establece una serie de derechos para el trabajo de carácter individual y otras de corte grupal para el trabajo colectivo.

Basados en el principio constitucional de igualdad y de no discriminación, los primeros derechos que aplican a los trabajadores extranjeros y que al menos de entrada debería conocer son los siguientes:
  • Celebración de un contrato laboral.

  • Cancelación de un salario por prestación del servicio.

  • Afiliación al Sistema General de Seguridad Social (que incluye salud, pensión y riesgos laborales).

  • Posibilidad de inscribirse a una caja de compensación familiar.

  • Pago de prestaciones sociales y vacaciones.

  • Poder inscribirse a una asociación sindical.

  • Protección para trabajadores extranjeros en Colombia.
En cuanto a instrumentos legales que protejan al trabajador extranjero en Colombia, el Ministerio del Trabajo enumera cuatro a los que se pueden acoger los empleados:

Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948: el principal documento donde se mantienen reflejados los derechos humanos y libertades fundamentales a las que pueden acceder todas las personas de los países que refrendaron sin ninguna discriminación.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles, Políticos y su Protocolo Facultativo de 1966, donde se reitera lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas sobre promoción y respeto a los derechos humanos.

Convenio 97 relativo a los trabajadores migrantes y el Convenio 143 sobre las migraciones en condiciones abusivas, promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes establecidos por la Organización Internacional de Trabajo.

Finalmente la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de la Organización de las Naciones Unidas ratificada en Ley 146 de 1994.

Se deben solicitar los documentos reglamentarios y obtener visa laboral correspondiente que permita desempeñar la profesión, ocupación, actividad laboral u oficio. Cuando es por primera vez o la visa está vencida, hay que tramitar la solicitud en un consulado colombiano en el exterior.

Tipos de Visa Para Extranjeros

De acuerdo al decreto 834 del 24 de abril de 2013 los extranjeros pueden solicitar cuatro tipos de visas que varían de acuerdo a la cantidad de años a residenciarse en el país y dependiendo de la actividad a realizar (se conocen como TP-4, TP-9, TP-12 y TP-13). Si la visa tiene ya una vigencia no menor de 3 meses de duración es deber del empleado registrarse como extranjero y obtener la cédula de extranjería.

Quienes incumplan las disposiciones migratorias, contenidas en el estatuto migratorio del decreto 2622 de 2009 y en la resolución 5707 de 2008 emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, pueden ser multados con salarios mínimos legales mensuales vigentes o aún mayor, como la inadmisión e incluso, deportación y expulsión del territorio colombiano.

La vulneración de cualquiera de estos derechos puede denunciarse ante la Dirección de Inspección, Vigilancia y Gestión territorial o las Direcciones Territoriales e Inspecciones de Trabajo.

Extranjeros Deben Pagar Impuestos Fiscales si Permanecen más de 180 Días en Colombia

Los extranjeros residentes en Colombia gozan de total libertad para administrar sus recursos procedentes de rentas traídas del exterior o de una fuente nacional. Sin embargo, desde el año 2012 se modificó la Ley 1607, la cual obliga a los extranjeros a pagar impuesto de renta por sus recursos monetarios y bienes.

Una persona que tenga residencia en el país y haya estado por 183 días en el territorio nacional debe realizar el pago de impuestos tributarios. Lo anterior según el artículo 10 del Estatuto Tributario colombiano.

Un extranjero, que haya contabilizado 183 días, contando salidas, entradas y permanencias ocasionales debe realizar el respectivo pago de impuestos de sus bienes, sean estos de fuentes nacionales, como negocios realizados en el país o bien sea también por envío o giros internacionales que le hagan desde su país de procedencia u otro país.

Según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) si la persona cumplió con este periodo de tiempo debe declarar renta por el año fiscal en el que estuvo presente en el país.

Pero según esta misma entidad es importante señalar que también se debe contabilizar si el extranjero ha cumplido con los 183 días durante dos años. Es decir que en un año estuvo 83 días y en el siguiente, 100 días, con lo que sumaría el requisito para realizar su trámite fiscal de declaración de renta.

Destino Empresarial

Cabe mencionar que Colombia se ha convertido en un destino empresarial de gran atractivo para inversionistas extranjeros, gracias a la apertura de los TLC que se han venido desarrollando con varios países.

El más mencionado ha sido el de Estados Unidos y por el cual, el país ha recibido una gran cantidad de empresas multinacionales, que buscan abrir nuevos mercados. Incluso con estos tratados se han abierto cientos de tiendas filiales a las mejores compañías internacionales, como por ejemplo Apple, Samsung, MacDonald, entre otros.

Aunque estas grandes empresas han contribuido al crecimiento y aumento de empleos en el país, es también cierto que sus insumos deben ser comprados a Estados Unidos.

Recientemente, con la subida del dólar, los insumos vegetales de los restaurantes internacionales que tienen franquicias en el país se han visto envueltos en una situación que compromete sus ingresos, porque deben pagar mucho más por el valor de un insumo traído de Estados Unidos.

A pesar de ello, Colombia se mantiene aún como uno de los destinos empresariales más importantes de Latinoamérica. Muchos extranjeros vienen a probar suerte con los negocios y esta situación hizo que la Ley 1607 entrara en vigor con el artículo 10 del Código tributario.

Extranjeros Pueden Votar en Colombia

El sistema democrático en Colombia permite que extranjeros residentes en el país puedan ejercer también su derecho al voto y elegir a alcaldes, concejales y juntas administrativas locales y distritales.

La Ley 1070 del 2006, en los artículos 2 y 4 habla sobre la participación de extranjeros en los comicios de votación, sin embargo, solo les será permitido en elecciones locales y distritales y en ningún caso en las presidenciales, ni para gobernadores y tampoco para elegir las juntas departamentales:

"las elecciones en las que podrán participar los extranjeros residentes en Colombia serán las de alcaldes distritales y municipales, concejos distritales y municipales, y juntas administradoras locales distritales y municipales en todo el territorio nacional."

En España esta situación es similar. El país vasco permite también que extranjeros residentes puedan votar en los comicios de elecciones de alcaldes, pero siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones.

Por un lado, todo residente en España proveniente de un país que pertenezca a la Unión Europea mayor de edad puede participar en las elecciones municipales.

Por otro lado, para residentes de otras naciones, deben llevar en el país más de cinco años. Su estadía debe ser legal, sin problemas judiciales.

Esta situación está reglamentada solo para aquellas personas con nacionalidad de algún país que tenga convenios con España, entre ellos se encuentra Colombia y algunos países latinoamericanos como Bolivia, Perú y Ecuador, entre otros.

¿Cómo Inscribirse Para Votar?

Los ciudadanos colombianos tienen ya establecido un puesto de votación definido por su dirección de residencia. Sin embargo, si por diferentes cuestiones una persona cambia dicho lugar debe ir hasta las registradurías auxiliares, municipales o especiales que se encuentran en los municipios o ciudades de Colombia y mediante un formulario indicar su nueva dirección.

Es un procedimiento no tan demorado pero sí muy importante. La votación es el medio en el que un ciudadano elige no solo una persona que gobernará sino a una ideología política que administrará los recursos para su beneficio.

Los extranjeros, en este caso, deben también ir a las oficinas de las registradurías locales e iniciar con el proceso de inscripción. Lo deben hacer con su documento de extranjería debidamente legalizado y llenar un formulario especial y diferente para ellos.

Luego, consultar su puesto de votación mediante el sitio web de la registraduría. Allí, tanto colombianos como extranjeros, pueden buscar el lugar donde están inscritos para votar. Recuerda que debe ser cercano a la dirección que tienes registrada.

Recuerda que el derecho al voto es un mecanismo ganado por el pueblo para decidir a sus gobernantes y no una forma de mantener en el poder a personas ajenas a los intereses de los votantes.

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