Tenga en Cuenta si se Traslada de Colpensiones a un Fondo Privado: No Todo Fondo Conviene a la Misma Persona

Enero 30, 2016

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Si sus condiciones laborales han cambiado y considera que es mejor trasladarse a un fondo de pensiones privado o iniciar a cotizar en este, por sugerencia familiar o desconocimiento, es mejor que tenga en cuenta lo siguiente.

Primero, asesórese correctamente, verifique sus cotizaciones, su expectativa y vida laboral en los últimos diez años, así como los beneficios y contras que las entidades le ofrecen.

Lleve presente que no se encuentra exento de un accidente o cambio de empleo, por lo que por una mala decisión podría ver disminuida su pensión, perderla o recibir unos ingresos mínimos. Tenga en cuenta todas las variables y condiciones que le ponen en riesgo.

Condiciones del Traslado de Colpensiones a un Fondo Privado

Aquellos jóvenes que puede generar mayor rentabilidad en sus ahorros tras estar iniciando su vida laboral no tendrá inconveniente para trasladarse.

Una persona que gane el salario mínimo o que vea su situación dificultosa para obtener su pensión bajo la normatividad actual también podrá trasladarse de fondo para hacer el retiro físico de sus aportes, o un porcentaje de los mismos.

Ante cualquiera de estas situaciones, busque una asesoría personalizada en ambas entidades (de la que se retira y a la que desea ingresar), puesto que cada decisión que asuma lo acompañará al menos por los siguientes 5 años, antes de poder cambiar nuevamente de entidad.

No olvide que el último cambio posible será 10 años antes de cumplir la edad respectiva para pensionarse (47 años para mujeres y 52 años para hombres), luego de este límite no será posible el traslado.

Procedimiento

Para realizar el cambio, verifique que ya ha cumplido los 5 años en el fondo Colpensiones, realice la solicitud al empleador quien se contactará con el fondo al que desea hacer el traslado, excepto que usted como usuario ya se haya dirigido a la otra entidad.

Posteriormente diligenciará un formulario con el que accederá al cambio de régimen en un periodo máximo de tres meses. En el fondo privado se acreditarán los recursos. O bien Colpensiones le entregará un bono pensional que podrá redimir a la edad que le corresponda por ley.

Aunque para muchos jóvenes el tipo de afiliación a pensiones que tengan no consideran les afecte, las decisiones que tomen desde ahora demarcarán su porvenir pensional.

Es muy importante antes de asumir cualquier decisión asesorarse bien, pues cada tipo de entidad pensional ofrece beneficios y desventajas que no convienen a todo tipo de usuario.

Las condiciones laborales, ingresos, edad y porvenir laboral inciden en la conveniencia de una entidad u otra para el sujeto.

Recuerde estudiar su situación y tomar la decisión a su interés, no se deje influenciar por familiares que presenten una situación laboral diferente a la suya. A largo plazo el único beneficiado o damnificado será usted con su pensión.

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