¿Qué pasa si no pago los impuestos a la DIAN?

Enero 12, 2022

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Mazo de Juez y Monedas
La DIAN es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales del estado colombiano y su sede principal se encuentra ubicada en la ciudad de Bogotá, su función es la de cooperar en la seguridad fiscal del país y la defensa de la economía nacional. Se encarga de todo lo relacionado con las contribuciones fiscales, las obligaciones tributarias y aduaneras, y colabora en las operaciones relacionadas al comercio exterior para que se manejen de forma legal y transparente. Cuando se debe realizar un trámite especial o se atraviesa por un requerimiento o proceso sancionatorio por parte de la DIAN es fundamental contar con la representación o asesoría de un abogado tributario experto.

Según Decreto 1292 de 2015: Art. 1, algunas de las competencias de la DIAN son:
  • Administrar los impuestos de renta y complementarios, de timbre nacional y sobre las ventas; los derechos de aduana y los impuestos internos del orden nacional.

  • Recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
En cuanto al pago de impuestos los contribuyentes y empresas pueden incurrir en delitos como la evasión fiscal, que consiste en ocultar información sobre los ingresos obtenidos para evitar generar mayor pago de impuestos, en este caso el contribuyente declara ingresos y gastos falsos ante la DIAN.

Abogado Tributario en Asesoría sobre pago de impuestos DIANEsta acción de evitar el pago de impuestos tiene consecuencias económicas negativas para el país, ya que supone un ingreso menor al que realmente corresponde. Por consiguiente, quienes legislan en materia de obligaciones tributarias, imponen sanciones a cada delito que afecte los recaudos que en materia de impuestos son de la nación.

Puedes leer también nuestro articulo sobre los requerimientos de la DIAN y conocer sobre todo el proceso de como responder ante dichos requerimientos y cuales son las sanciones por incumplimiento.

Las sanciones penales para los delitos de evasión fiscal están estipuladas en el Código Penal colombiano:

Art. 434A Omisión de Activos o Inclusión de Pasivos Inexistentes


"El contribuyente que omita activos o declare un menor valor de los activos o declare pasivos inexistentes, en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, por un valor igual o superior a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, definido por liquidación oficial de la autoridad tributaria, incurrirá en prisión de 48 a 108 meses de prisión.

El valor de los activos omitidos o de los declarados por un menor valor, será establecido de conformidad con las reglas de valoración patrimonial de activos del Estatuto Tributario, y el de los pasivos inexistentes por el valor por el que hayan sido incluidos en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.

Si el valor fiscal de los activos omitidos, o el menor valor de los activos declarados o del pasivo inexistente es superior a 7.250 salarios mínimos mensuales legales vigentes pero inferior de 8.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, las penas previstas en este artículo se incrementarán en una tercera parte; en los eventos que sea superior a 8.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, las penas se incrementarán en la mitad".


Art. 434B Defraudación o Evasión tributaria
"Siempre que la conducta no constituya otro delito sancionado con pena mayor, el contribuyente que, estando obligado a declarar no declare, o que en una declaración tributaria omita ingresos, o incluya costos o gastos inexistentes, o reclame créditos fiscales, retenciones o anticipos improcedentes por un valor igual o superior a 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inferior a 2.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, definido por liquidación oficial de la autoridad tributaria, será sancionado con pena privativa de la libertad de 36 a 60 meses de prisión. En los eventos en que sea superior a 2.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inferior a 8.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, las penas previstas en este artículo se incrementarán en una tercera parte y, en los casos que sea superior a 8.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, las penas se incrementarán en la mitad".

El incumplimiento de las obligaciones fiscales bien sea por descuido o desconocimiento de las leyes, tiene sus consecuencias; es de cualquier forma un delito que genera sanciones tributarias. El Estado tiene la facultad de hacer cumplir con esta responsabilidad e imponer las multas y diferentes sanciones según cada caso.

Para atender eficazmente las obligaciones tributarias es necesario contar con la asesoría de un abogado especialista en el área, que pueda asesorarte en cuanto a los estatutos tributarios que debes cumplir y en caso de ser sancionado las opciones que tienes para hacer las enmiendas necesarias.

En Colombia Legal Corporation ponemos a tu disposición a los abogados que durante muchos años de experiencia han participado en numerosos casos de requerimientos y declaraciones ante la DIAN, conociendo a profundidad los procedimientos legales y la legislación tributaria.

Contacta con nuestros abogados tributarios a través de nuestro formulario de contacto o nuestro Chat Interactivo ubicado nuestro sitio web. También puedes comunicarte con nosotros a través del +57 315 471-2143 donde alguno de nuestros especialistas te atenderá.


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