Consideraciones Sobre la Ley de Protección Animal

Enero 22, 2017

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Desde el 6 de enero del año 2016, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley contra el maltrato animal a favor de castigar con multas y periodos en prisión a quienes agredan a uno de estos seres.

Para ello, fue necesario modificar el artículo 655 del Código Civil, donde se hacía referencia a ellos como bienes muebles; en vez de seres sintientes (intención actual). El Código civil actualizado refiere a los animales como semovientes:

Artículo 654. Las cosas corporales. Las cosas corporales se dividen en muebles e inmuebles.

Artículo 655. Muebles. Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 1774 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:

"Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.

Exceptúense las que siendo muebles por naturaleza se reputan inmuebles por su destino, según el artículo 658.
"

Parágrafo: Reconózcase la calidad de seres sintientes a los animales.

Artículo 30. Principios.

Protección al animal. El trato a los animales se basa en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así cama de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia, y trato cruel.

Ahora, se protegerá a los animales contra el sufrimiento provocado directa o indirectamte por los humanos. Esto se extiende desde mala alimentación, abandono, golpes, malas condiciones de vida, uso inapropiado de la mascota (para cargar, pelear, transportar narcóticos, etc.) o abuso de la misma.

Es importante resaltar que la ley no derogará el Estatuto de protección animal (Ley 84 del 89) ni cubrirá a los animales que son empleados para la producción alimenticia o que hacen parte de eventos culturales como las corridas de toros, corralejas y peleas de gallos.

¿Qué Pasa si veo a Alguien Realizando Alguno de Estos Actos?

En caso de que ello ocurra usted debe comunicarse con la Policía Nacional para reportar el caso, estos harán una visita, retendrán al animal y al agresor. En la situación de que sea culpable, las multas podrán variar entre 5 y 50 salarios mínimos, o entre 12 a 36 meses en prisión.

Ya no habrá más impunidad y usted puede ayudar a constituir una mejor sociedad; Informe a los agresores, reevalúe sus acciones (si hace parte de quienes cometen las faltas) o ¡sea un protector más en Colombia!

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