Incursión Social de los Jóvenes con Alto Grado de Emergencia Social

Enero 30, 2016

193
Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.
Las leyes en Colombia, en cuanto a delincuencia juvenil, están hechas para la reintegración en la sociedad de los jóvenes que han cometido delitos y no para castigarlos. Es por esta razón que existe la Ley 1577 de 2012, la cual busca crear los mecanismos legales, sociales y culturales para que los adolescentes y niños que han cometido delitos puedan volver a su comunidad como personas de bien.

Pero este interés social de parte del Gobierno se traduce, para algunos sectores de oposición, como una forma para permitir la delincuencia y la injusticia en el país. Pues está claro que la condena o castigo que recibe un joven por robar o cometer algún delito no es tan alto como debería ser y por ende hay reincidencia en la criminalidad juvenil.

Ley de Prevención de la Delincuencia Juvenil
La Ley 1577 de 2012 tiene como objeto de su acción "adoptar medidas para la inclusión social de los jóvenes con alto grado de emergencia social, pandillismo, grupos de violencia juvenil, con el fin de fortalecer la acción social del Estado."

Lo que se traduce como crear y promocionar mecanismos sociales y no desde la justicia para que los jóvenes no cometan delitos. Es una ley más de inclusión que de castigo.

Aunque si bien es cierto que desde esta ley se crean programas de seguimiento y monitoreo a los jóvenes que han sido delincuentes, también lo es que no permite un castigo como si fuera un delincuente.

En los primeros artículos, y específicamente en el artículo 7°, el Gobierno se encarga de crear programas de inclusión social, como la generación de empleo específico para ellos, además de la exclusión del servicio militar obligatorio.

Se crea además un Centro de seguimiento en violencia y delincuencia juvenil.. Este centro se encarga de llevar las estadísticas de criminalidad en el país. Pero también lo pueden hacer las universidades públicas o privadas que deseen realizar esta labor.

Mediante esta Ley, el Instituto de Bienestar Familiar estará encargado de coordinar la promoción de programas de inclusión social a estos jóvenes y promover acciones conjuntas con las demás entidades públicas y privadas para la reintegración a una vida civil digna. Se prohíbe además todo mecanismo de discriminación por parte de agentes externos.

En ningún momento estos jóvenes podrán recibir maltrato de algún funcionario público. Se entiende este aspecto como un servicio negligente por parte de los empleados que deben brindar un servicio oportuno y respetable a un joven pandillero.

Los médicos o cualquier funcionario de la salud no pueden brindar un mal servicio a esta población. Desde el punto social, esta ley es algo positivo que podría mejorar las condiciones de muchos jóvenes en el país, pero también se presta para que ellos vuelvan a cometer delitos sin recibir un castigo por ello.

193
Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.
Este sitio utiliza cookies para ayudar a brindarte la mejor experiencia posible. Revisa nuestra Política de Privacidad para más información. Al continuar navegando este sitio sin cambiar la configuración de cookies en tu explorador, estás aceptando nuestro uso de cookies.
Aceptar
Imagen del Agente del Chat
Jose
Agente en Línea
Chatea ahora