Impuestos en Colombia: ¿Cuándo un Extranjero los Paga?
Enero 29, 2019
Como bien sabemos, el cumplimiento del impuesto sobre la renta es obligatorio, este impuesto es recaudado por la DIAN y se paga cada año por toda la actividad financiera que hayamos hecho en el año anterior al momento que se paga la renta.
Sobre esto, nace una interrogante ¿Qué pasa entonces con los extranjeros que también hayan producido algún tipo de ganancia en el año? ¿Ellos también están obligados a pagar el impuesto sobre la renta en nuestro país?
Supuestos Para el Cobro de Impuestos a los Extranjeros
El primero de estos supuestos es que dicho extranjero haya residido en el territorio colombiano de forma continua o interrumpida durante más de 183 días durante lo que es el periodo calendario de 365 días consecutivos, sí sucede esto,
el extranjero está obligado entonces a pagar impuestos.
El segundo supuesto no tiene tanto que ver con su permanencia física en el territorio colombiano, sino con la procedencia de sus ingresos económicos, y es que aun así este extranjero permaneciere fuera del país, si el 50% o más de sus ingresos patrimoniales provienen de alguna fuente nacional, que bien puede ser del sector público o del sector privado, se encuentra obligado a pagar el impuesto sobre la renta por los ingresos obtenidos en territorio colombiano.
Y el tercer supuesto está relacionado con que el extranjero no acredite su condición de residente en el exterior cuando la DIAN se lo haya solicitado. Esto por supuesto para evitar cualquier tipo de engaño o de confusión en la data del extranjero a la hora de calcular cuántos días este estuvo fuera de suelo colombiano para poder evaluar si es posible encausarlo en el primer supuesto o no. Aun así cuando vemos que el
impuesto sobre la renta es un tributo que al final está destinado a beneficiar a los colombianos, la ley impone ciertas obligaciones a los extranjeros, ya que al final estos también están siendo participes de estos beneficios. Es una forma en que la
Ley 1739 establece una especie de retribución para la nación por parte de estos extranjeros que de una manera u otra hicieron actividades económicas en el territorio colombiano.
Así que compañero extranjero, si usted se encuentra en alguno de estos tres supuestos, prepare su presupuesto para que pueda pagar el impuesto sobre la renta colombiano y así se pueda evitar
sanciones económicas en nuestro país.