¿Estar en Estado de Embriaguez te Libra de la Imputación de Cargos?

Junio 07, 2017

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"Estaba en estado de embriaguez y no era consciente de lo que estaba pasando, entonces me libro de la imputación de cargos", esto es algo que pensaran algunos que cometieron algún delito al estar bajo las influencias del alcohol.

Definamos el concepto de imputación o imputabilidad. La definición que le da la Sección Segunda del Consejo de Estado es la siguiente: Se entiende como la capacidad de la persona de entender y comprender la licitud de su acción u omisión y determinarse de acuerdo con esa comprensión y conocimiento.

Ahora volvamos al tema de la imputación de cargos al estar bajos los efectos del alcohol; en cuanto a esto la Corte Suprema de Justicia se pronuncio diciendo los siguiente:
    "El estar bajo los efectos del alcohol por si, no constituye antecedentes suficientes para ordenar un análisis científico en tal sentido, mucho menos al presencia de este circunstancia puede tenerse por supuesto categórico para afirmar que el sujeto que actúa bajo este condición estaba afectado en su capacidad para comprender la licitud de comportamiento o para determinarse de acuerdo a dicha compresión".

Con base en lo escrito anteriormente y dicho en otras palabras; la persona que esté bajos los efectos del alcohol no lo exime de la imputación de cargos por el delito que haya cometido. Dicho así la persona no puede escudarse diciendo que en ese momento no se encontraba en plenitud de sus facultades.

A continuación un ejemplo de lo escrito anteriormente

Un servidor público que se encontraba bajo los efectos del alcohol, agredió física y verbalmente a algunos miembros de la Policía Nacional, esto se presentó porque el funcionario no permitió que se cerrara un evento el cual iba hasta las 2 a.m. Además de esto el servidor público intentó sobrepasarse con una de las agentes de Policía.

Frente a esto, la Procuraduría del lugar en donde se dieron los hechos declaro responsable disciplinariamente al servidor público y le impuso una sanción de destitución e inhabilidad general por 15 años.

El acusado pretendía resguardase argumentado que en ese momento se encontraba bajo los efectos del alcohol y no tenia pleno conocimiento y lucidez sobre lo que estaba pasando en ese momento, por lo que pidió ubicarse en situación de inimputable que lo exoneraría de la responsabilidad.

Pero como ya lo vimos anteriormente esto no es una prueba para exonerarse de la imputación de cargos.

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