¿El despido injusto es ilegal?
Diciembre 23, 2020
En Colombia las leyes laborales están creadas para lograr
acuerdos justos entre los empleadores y los trabajadores en condiciones que permiten el sano desarrollo de las actividades tanto en lo económico como en el equilibrio social. Aunque muchas veces las partes no son respetuosas de los acuerdos, deciden ignorarlos y creen estar por sobre los derechos y deberes que las leyes establecen, es allí donde se hace necesaria la intervención de la justicia.
Entre las muchas razones por las que puede ponerse en uso las leyes laborales por parte de la justicia están el no cumplir con los deberes y derecho que tienen tanto el empleador como el trabajador. Los deberes están recogidas en los Artículos
57 y
58 del
Código Sustantivo del Trabajo, donde se establece que los empleadores deben proporcionar todas los instrumentos de trabajo, locaciones para realizarlo y comodidades otras para que el trabajo sea realizado de manera exitosa, entre otras; y por parte de los trabajadores cumplir personalmente con el trabajo que se le encomienda, cuidar de los materiales de trabajo y cumplir con las indicaciones y reglamentos propios del trabajo a desarrollar, entre otras.
También es importante mencionar los Artículos
59 y
60 del mismo código donde se habla de las prohibiciones tanto para los empleadores como para los trabajadores, como que el empleador no puede hacer sustracciones, sin previa comunicación y en casos muy específicos, del salario de sus trabajadores, o el respeto al salario y el pago de éste de manera apropiada, también tiene prohibido imponer creencias religiosas o políticas, y no puede presionar o limitar a los trabajadores en su derecho de asociación sindical, entre otras. Por su parte los trabajadores tienen prohibido asistir a su lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo la acción de narcóticos, no pueden sustraer del lugar de trabajo ni usar las herramientas en otras operaciones que no sean para las que fueron diseñadas, no pueden faltar al trabajo sin causa de impedimento o permiso del empleador, entre otras.
Pero la mayor razón por la que los trabajadores suelen buscar ayuda y asesoría legal tienen que ver con los despidos,
el despido es la extinción de un acuerdo laboral cuya decisión ha sido tomada unilateralmente por parte del empleador, lo que da como resultado normalmente a una indemnización al trabajador afectado dependiendo por supuesto de cómo y por qué se lleva a cabo este despido.
Tipos de Despido
Debido a las muy diversas razones que pueden haber para que haya un despido pueden clasificarse algunos tipos de despido, basados en lo justo o injusto que puede ser la situación según el Código Sustantivo del Trabajo y basados en si tiene procedencia legal o no la acción de despido, según el mismo código.
- Despido Justo y Legal: En este caso se puede hablar de cuando el despido se da en condiciones donde el trabajador ha incurrido en algunas de las causas estipuladas en el Artículo 62 del ya referido código de trabajo, por lo cual la terminación de la relación laboral por parte del empleador parece ser una decisión justa. Por ejemplo cuando un trabajador engaña a su empleador presentando certificados falsos para ser admitido en un trabajo o para obtener alguna promoción o para provecho de alguna forma, entre otros.
- Despido Injusto y Legal: Cuando un empleador decide terminar la relación laboral con un trabajador sin que este haya incurrido en alguna falta puede considerarse como un despido injusto, pero legal ya que está recogido dentro del Artículo 61 del código donde se enumeran cuando puede terminarse una relación laboral sin causa justa y en qué condiciones, siendo definido esto ampliamente en el Artículo 8vo del Decreto-ley 2351 de 1965 donde se indica que al despedir a un trabajador sin causa justa el empleador deberá indemnizarle con los montos dispuestos en el mismo artículo.
- Despido Injusto e Ilegal: Hay personas que cuentan con inamovilidad laboral, es una figura donde un trabajador está amparado bajo la ley para no ser removido de su trabajo debido a alguna debilidad manifiesta y por lo que ello podría implicar en su situación, generalmente aplica en casos de mujeres embarazadas, personas con discapacidad o enfermedad y trabajadores que pertenecen a un sindicato (y la razón de despido esté relacionada con las actividades en el sindicato).
- Despido Justo e Ilegal: La ley dice que los trabajadores deben seguir ciertas normas y tienen prohibido realizar ciertas acciones que interfieran en su trabajo o podrá ser despedido con causa justa, pero la causa justa no significa que sea legal por el derecho de inamovilidad laboral. En este caso solo puede comunicar a un supervisor o inspector de trabajo la situación antes de tomar cualquier acción en contra del trabajador. Por ejemplo, un trabajador con inamovilidad laboral comete una falta, rompe las normas o realiza una acción que justifique su despido y el empleador efectivamente le despide pero sin tomar en cuenta el paso de comunicar al inspector está decisión, el despido habrá sido realizado de forma ilegal.
Es importante aclarar que un empleador puede terminar la relación laboral al despedir a un trabajador en cualquier momento y sin ninguna razón justa, pero en ese caso deberá pagar la indemnización correspondiente al trabajador por despido injusto. Un empleador no podrá despedir a un trabajador que cuente con inamovilidad laboral, deberá comunicar cualquier situación o acción a tomar a un supervisor de trabajo para proceder legalmente. Un empleador puede no tener que pagar una indemnización a un trabajador al despedirle si hay alguna causa que justifique bajo la ley el despido.
¿Qué puedo hacer si he sido despedido injustamente o ilegalmente?
Lo primero es aclarar que no es lo mismo ser despedido injustamente que ilegalmente. Los despidos sin una causa justa (o injustos) son aquellos donde un empleador toma la decisión de terminar una vinculación laboral sin que el trabajador haya cometido falta alguna, en este caso el empleador está obligado a pagar al trabajador una indemnización cuyos términos están recogidos en el
Artículo 64 del código sustantivo del trabajo, en el caso de ser un trabajo con un contrato por un plazo fijo que termina antes debido al despido la indemnización será de 15 días de salario como mínimo, en caso de ser por tiempo indefinido:
"
Artículo 64. Terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa. [...]En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así:
- Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:
- Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
- Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción;
- Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales.
- Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
- Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
"
Ahora un despido es ilegal cuando se da en unas circunstancias especiales, como lo es la desvinculación laboral de un trabajador que tiene condición de inamovilidad laboral o estabilidad laboral reforzada, este tipo de inamovilidad laboral generalmente se dan a madres embarazadas, madres adoptantes, personas con alguna discapacidad y ocasionalmente a personas con una enfermedad que le incapacita en seguir su trabajo de manera normal hasta que pueda obtener una pensión por incapacidad. En el código sustantivo del trabajo se encuentra el
Artículo 239 sobre las prohibición del despido a una mujer embarazada, el
Artículo 236 hace referencia a que los mismos derechos de las madres biológicas deberán ser gozados por las madres adoptivas como el de estabilidad laboral reforzada; y el
Artículo 26 de la Ley 361 de 1997 (Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas en situación de discapacidad y se dictan otras disposiciones) establece el derecho de estabilidad laboral reforzada para personas en situación de discapacidad. Cuando un despido es ilegal lo que procede es el reintegro del trabajo y en algunos casos una indemnización.
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