¿Cuándo es Delito Protestar en Colombia?

Enero 21, 2016

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En días pasados, la Policía Nacional en Bogotá detuvo a varias personas porque se encontraban impidiendo el paso de buses de Transmilenio.

Muchos consideran este acto de la Policía como arbitrario porque consideran que los manifestantes estaban ejerciendo su derecho a la protesta. Situación que se malinterpreta, debido a las implicaciones que tiene este derecho en el país y lo que significa realmente protestar en Colombia.

Gracias a este derecho es que los ciudadanos pueden gozar de diferentes beneficios legales. Asimismo, gracias a la protesta se han logrado avances en el desarrollo social y educativo. Sin embargo, muchos malinterpretan este derecho con el abuso y la violencia.

Son dos caras que se han querido mostrar en el país. algunas veces, la Protesta de ciudadanos se hace de manera pacífica contra un gobierno local, pero por la influencias e intereses políticos se comunica de una forma contraria. Por esta razón, en Colombia Legal Corporation queremos explicar qué dice la norma específicamente sobre protestar en Colombia.

El artículo 44 de la ley 1453 de 2011 dice lo siguiente:

Obstrucción a vías públicas que afecten el orden público. El que por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) a cuarenta y ocho meses (48) y multa de trece (13) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes y pérdida de inhabilidad de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión.

PARÁGRAFO. Se excluyen del presente artículo las movilizaciones realizadas con permiso de la autoridad competente en el marco del artículo 37 de la Constitución Política.


Los cierres de Transmilenio que ocurren en estos días afectan el derecho al trabajo de otras personas y generan disturbios. Por lo tanto, es necesario protestar, pero no obstruir, que son dos conceptos diferentes.
El artículo 45 de la Ley 1453 de 2011 complementa la anterior información. Dice lo siguiente:

Perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial. El que por cualquier medio ilícito imposibilite la circulación o dañe nave, aeronave, vehículo o medio motorizado destinados al transporte público, colectivo o vehículo oficial, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

A principios del 2016, un hombre fue judicializado por lanzar un objeto al vidrio de un articulado en medio de unas protestas. Esta persona afronta este delito de perturbación en servicio de transporte público por ese hecho cometido.

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