Datacrédito: Si ya Pagó es Hora de Actuar
Enero 17, 2016
Muchas personas han pasado por momentos de escasez económica que les ha imposibilitado el pago de sus respectivos deberes a tiempo.
Esto puede presentarse no solo por una mala proyección económica sino por
situaciones sorpresa como un despido, un accidente, la pérdida de un familiar, un robo o el incumplimiento del pago de un tercero a la persona.
Sin importar la índole de la razón para el retraso en el pago, es de conocimiento general que esto implica ser reportado en la central de riesgos de
Datacrédito.
Cuando ocurre,
la persona se ve vetada hasta su pago total, de poder acceder a otros créditos o proyectos, ya que siempre será designado como deudor. Ahora, si ya se canceló la deuda y usted desea estar fuera de la lista negra de Datacrédito, ¿Qué debe hacer?
No se preocupe, más de la mitad de la población ha estado reportada en la central de riesgos al menos una vez en su vida, pero no se ha quedado allí para siempre.
Según la Superintendencia Financiera de Colombia, según la demora en el pago,
usted puede permanecer en Datacrédito reportado hasta cuatro años, más si no paga, esta se puede extender hasta 14 años.
Tengamos en cuenta que usted realizó el pago, el reporte será igual al doble de la mora. Así que, si usted tarda un año en la cancelación total, permanecerá en la lista negra hasta por dos años.
Si bien no se puede salir de Datacrédito y la Cifin antes, si es necesario estar al tanto durante el periodo de cancelación de la deuda sobre la entidad que la posee.
En otras palabras, muchas
entidades financieras hacen
venta de su cartera por lo que algunas deudas son compradas por otras empresas, quienes se convierten en cabeza de la deuda y no la entidad inicial con quien se contrajo la obligación.
Una vez transcurrido el tiempo de la sanción, si permanece el reporte negativo en la central de riesgos, es necesario acudir al derecho de petición.
Conozca su Caso y Tome las Medidas Pertinentes
Existen cuatro casos bajo los cuales se puede interponer un recurso a
Datacrédito. El primero, es si se adquirió la deuda hace más de 14 años y no se pagó.
La segunda, las personas que hayan permanecido en mora por un
periodo inferior a dos años, es decir si se atrasaron con el pago de una cuota de su equipo en tres meses,
solo puede permanecer reportado seis meses, desde que se terminó la obligación.
En el tercer caso, encontramos las personas que tienen deudas superiores a dos años, o en las que no se puede determinar el término de tiempo de mora (las cuentas corrientes canceladas por mal manejo). Si este es su caso,
solo podrá durar su reporte cuatro años desde que se cancelé la obligación o extinga el producto.
El último caso surge cuando la entidad con quien se tiene la obligación ha sido liquidada sin nadie que responda por el reporte. Si este es su caso,
el reporte solo podrá durar cuatro años.
Una vez identificado su caso, debe dirigir el
derecho de petición a la entidad con quien adquirió la deuda, explicar los motivos porque solicita se elimine el reporte, incluir su cédula, nombre, dirección física y electrónica, su firma y una copia de su cédula.
Solo en caso de que la empresa que generó el reporte ya no exista, el derecho de petición debe ser dirigido a la central de riesgos.
Recuerde, la respuesta debe ser revivida dentro de los siguientes 15 días hábiles.
Si la respuesta es negativa debe interponer el recurso de reposición y en subsidio de apelación.
Más si esta es nuevamente negativa o no se ha recibido respuesta, usted debe acudir a interponer una
acción de tutela. Tenga presente siempre
asesorarse por un abogado, ya que su situación es totalmente particular y debe velar por el mejor desarrollo del proceso a su favor.
No se rinda, ¡No se quede en la lista negra si ya cumplió su obligación!