Cumplimiento de un Seguro en un Accidente

Enero 21, 2016

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Esta información resulta ser relevante para todos los colombianos, y no solo para aquellos que tienen un auto. Nadie está exento de un accidente de tránsito, sea peatón o conductor.

El cumplimiento de un seguro en un accidente de tránsito está establecido en el Código de Comercio en los artículos 1036 hasta el 1082, en donde se establecen las condiciones de este cubrimiento.

Según esta normativa y junto con el decreto 3990 de 2007 toda persona en el territorio colombiano que sufra daños corporales ocasionados en un accidente de tránsito tiene derecho a los servicios y prestaciones médicas señalados en el artículo 193 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

El SOAT del vehículo que causó el accidente debe cubrir estos gastos. Si este vehículo no cuenta con el SOAT actualizado, la subcuenta ECAT del Fosyga, para las víctimas de vehículos no asegurados o no identificados, será la encargada de estos gastos. Esta subcuenta también es la encargada de cubrir los gastos a las víctimas de ataques terroristas o eventos catastróficos.

Los Servicios o Derechos con los que Cuentan las Víctimas en un Accidente de Tránsito son los Siguientes:

  • Servicios médicos y quirúrgicos, los cuales tienen un tope de 500 salarios mínimos legales vigentes. En caso de
    superar este valor, lo siguiente lo cubre el Fosyga, hasta 300 salarios mínimos legales vigentes. Estos servicios incluyen atención hospitalaria de urgencia y hospitalización, Medicamentos, tratamientos y procedimientos luego del accidente, Servicios de diagnóstico.

  • Indemnización por incapacidad permanente, equivalente a 180 salarios mínimos legales vigentes.

  • Indemnización por muerte de la víctima, equivalente a 600 salarios mínimos legales.

  • Indemnización por gastos funerarios, equivalentes a 150 salarios mínimos.

  • Indemnización por gastos de transporte y movilización de las víctimas al centro asistencial, se da desde el lugar donde ocurrieron los hechos hasta el centro hospitalario más cercano. Cubre solo 10 salarios mínimos legales vigentes.


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