Corridas de Toros, ¿Lo Puede o no Decidir el Pueblo?

Enero 31, 2016

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El tema de las corridas de toro ha sido muy polémico desde hace un tiempo ya, desde que las sociedades protectoras de animales han estado tomando más fuerza y espacio dentro la sociedad colombiana hemos visto como el tema sobre la prohibición de las corridas de toros sale cada vez más a las mesas de discusión, tanto sociales como legales, provocando esto que el pueblo se pregunte si es posible la eliminación de las corridas de toros o no.

Este tema ha llegado a ser discutido y estudiado hasta nuestros tribunales nacionales, inclusive llegando hasta la máxima instancia como lo es la Corte Constitucional que en Sentencia C-666 de fecha del 2010, explicó que las corridas de toro están permitidas en nuestro país "porque se trata de manifestaciones culturales con arraigo social en ciertas regiones del territorio nacional".

Como también lo explica otra sentencia, en este caso la T-269 del 2013 que explicó que para nuestra Constitución la cultura es "un bien público constitucionalmente relevante, fundamento de la nacionalidad, cuya diversidad y riqueza constituye el patrimonio cultural que el Estado y los particulares deben proteger".

Por lo que de esta forma nos encontramos con que las corridas de toros se encuentran permitidas en nuestra legislación por el hecho de ser una cuestión cultural, pudiéndose dejar que se está dejando a un lado la protección de los animales.

¿La Cultura con Respecto a las Corridas de Toro Siempre se Mantendrá Igual?

Pues bien, primero debemos saber que la cultura no es estática, sino que está en constante movimiento, lo que hoy es un acto culturalmente aceptado, mañana puede que no lo sea y por el contrario sea un acto totalmente rechazado; es por este sentido que una consulta popular en cuanto el tema de las corridas de toros podría servir como elemento medidor de la cultura.

Es decir, poder observar según sus resultados si esta actividad está socialmente bien vista o no y así poder concluir que ya no forma parte del "arraigo social" de esa zona, pero debemos recordar que las consultas populares no tienen como objetivo cambiar o derogar una norma, sino nada más saber la opinión del pueblo.

Pero en este caso la opinión de la mayoría puede ser un factor fundamental a la hora de determinar cuán culturalmente aceptable es algo o no.

Dicha consulta popular no está prohibida por la Constitución ni por ninguna ley, por lo que hacerla estaría totalmente de acuerdo con la ley, pero como explicamos anteriormente, sus resultados no van a traer una consecuencia inmediata.

En caso de ser mayoría la opinión de eliminar las corridas de toros, tendría que actuar el cuerpo legislador, para que junto a los resultados de la consulta popular pueda a través de las leyes dar paso a la prohibición de este tipo de espectáculos.

Debemos entender que las viejas costumbres y tradiciones crueles deben ser dejadas atrás, el avance de una sociedad también se ve denotado en como se trate y se proteja a los animales, seamos una sociedad de avance.

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Oscar
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