Asistencia Militar y Policial en Situaciones Complejas de Desorden

Febrero 23, 2015

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El país ha pasado por una cruenta guerra que ha dejado a su paso muerte, miseria y desolación. En los años ochenta y noventa, básicamente, los pueblos y municipios del país vivían en una desolación tan grande que el Estado no podía y, en algunos casos, no quería dar protección a la población.

De esta manera, grupos guerrilleros y paramilitares los atacaban sin que el Gobierno hiciera algo. De esta manera, en el Código de Policía, en el capítulo IX se intenta reparar este abandono gubernamental que estuvo presente en el pasado.

Desde el artículo 86 hasta el artículo 95 se habla de la asistencia militar y policial en momentos como los descritos anteriormente.

De esta manera, un alcalde o gobernador puede solicitar al Gobierno Nacional apoyo o ayuda para solventar el ataque de grupos al margen de la ley, pero también, las autoridades civiles pueden solicitar ayuda en caso de manifestaciones.

De los Militares

Antes de hacer un llamado a las fuerzas militares, es la Policía la encargada de retener las manifestaciones y proteger a la población civil.

Si estos no pueden cumplir con este mandato por cuestiones de inferioridad numérica o por poca potencia de armas de fuego, es entonces cuando las autoridades civiles solicitan el apoyo del Ejército. Sin embargo, sus acciones también están limitadas por las circunstancias.

Esta situación sucedía a mitad del siglo pasado, pero al contrario. El Ejército de Colombia no pudo contener el avance de las guerrillas en el país, por lo que fue necesario modificar los estatutos policiales para crear cuerpos armados y entrenados militarmente.

De esta manera, la Policía se convirtió en una institución mixta, pues es considerada como un cuerpo de protección civil, pero al mismo tiempo sus mecanismos están adaptados a la disciplina militar.

En este sentido, para frenar una manifestación o motín, tanto los militares como la Policía deben limitar su fuerza de ataque, es decir no utilizar herramientas que afecten la integridad física y emocional de los manifestantes, solo se permite aquellas herramientas que han sido aprobadas por la Constitución.

Salvo en casos en donde haya peligro inminente sobre sus vidas o las vidas de algún otro ciudadano. De esta manera se procederá a actuar con contundencia.

El uso de la fuerza está también regulado por el Código de Policía. Es así que en las manifestaciones, no se podrá utilizar la fuerza desmedida para atacar a las personas que se encuentren en el motín. Situación que ha generado polémica porque el cuerpo encargado de este aspecto no ha sabido regular el uso de la fuerza y ha atacado a la población civil sin justa causa.

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